Obligación del Pañuelo para la Musulmana Recien Convertida?



Sacado de un libro no todavía publicado sobre la jurisprudencia de las minorías en Europa: 

Pregunta: 
Si la mujer que abrazó el Islâm siente molestia y dificultades en llevar el pañuelo, es que debemos obligarla a hacerlo e insistir, aunque la aleje (tal vez) definitivamente del Islâm? 


Respuesta: 
En general: tenemos que convencer (informar) (de la manera la más dulce y conveniente) la musulmana de que cubrirse es una obligación religiosa, que Allâh el Altísimo así como Su Enviado (paz y bendición con él) lo ordenaron y que hay consenso de la comunidad sobre el asunto. 

Ya hemos explicado lo que es la ‘Awra de una mujer para las 4 escuelas y para todos los sabios musulmanes: eso considerando la interpretación de los versículos siguientes, así como los hadîthes y la práctica de nuestros piadosos predecesores: 

Luego de eso, resulta evidente que cada uno es libre de elegir su vía (Allah dice en el Coran: no hay coacción en la religión) 

Allâh el Altísimo dice: 
«
Y di a las creyentes que bajen la mirada (ante lo que les es prohibido mirar) y guarden sus partes privadas (de toda relación ilícita), y que no muestren sus atractivos a excepción de los que sean externos; y que se dejen caer el tocado sobre el escote» Coran 24/31 

Allâh (Glorificado sea) dice también: 
«
¡Profeta! Di a tus esposas e hijas y a las mujeres de los creyentes que se cubran desde arriba con sus vestidos. Esto es lo más adecuado para que se las reconozca y no se las ofenda (en la calle). » Coran 33/59 

Era también la práctica de los compañeros, de sus seguidores y de la gente de Medina, de las primeras generaciones de musulmanes hasta que las presiones políticas y los movimientos feministas se metan en el asunto.

El pañuelo no tiene estrictamente nada que ver con la autoridad masculina! Porque en el Islâm, el legislador es Allah y no los hombres. 

El pañuelo era también una obligación en los textos antiguos del cristianismo y del judaísmo. 

El pañuelo no compromete en absoluto ni la integración de la mujer, ni la modernidad. 

Allâh prescribió este vestido púdico y este pañuelo para la musulmana para que pueda ser distinguida de la no musulmana y de la que no práctica, para honrarla porque lo que es importante (que tiene que ser puesto de relieve) no es el cuerpo sino el corazón y la piedad. Así, con su vestido, dará la imagen de una mujer seria y honesta, que no es ni seductora ni tentadora: ni por sus palabras ni por un movimiento especial de su cuerpo, para que aquel cuyo corazón es perverso no sea tentado por ella. 

Pues para responder a su pregunta: 
Lo que debemos decir: es que los enseñamientos del Islâm desde su avenimiento se caracterizan por la sabiduría y la pedagogía evolutiva (al-marhaliyya): el ejemplo evidente del Coran que podemos citar es el abrogado y el abrogador, como el vino que fue prohibido por etapas, porque al comienzo del Islâm, los compañeros bebían y el versículo que va a prohibirlo definitivamente (en la Surah Al-mâida) y que abroga los versículos anteriores no fue revelado sino cuando la fe de los musulmanes se volvió más sólida y que el Islâm era más fuerte (La prohibición no fue brusca y repentina sino respetando etapas hasta llegar al estatuto final y definitivo de la prohibición)… Ídem con el pañuelo… Pues las prescripciones de Allâh eran reveladas (en esta época) según la predisposición de la sociedad en recibir y aceptar fácilmente estas prescripciones y a medida que el Amor de Allâh y de Su enviado (sallAllâhu ‘aleyhi wa sallam)  aumentaban en los corazones y también a medida que el Islâm y su sociedad se organizaban y se fortificaban…

Pues aconsejamos dejar a esta mujer el tiempo necesario para entender la religión paso a paso y hasta que su fe aumente: pues empezar primero enseñándole los fundamentos del Islâm (fe, oración, ayuno…) utilizando la dulzura y la sabiduría.

Luego, convendrá rodearla de hermanas musulmanas piadosas y de confianza, para que las tome como modelo, también debemos cuidarla, tratarla bien y no recurrir a la violencia ni a la severidad. Porque Allâh concede por la delicadeza lo que no puede ser obtenido por la violencia (como lo dijo el Profeta (sallAllâhu ‘aleyhi wa sallam) en el hadîth sahîh).

Aunque el llevo del pañuelo -o del Hijâb como lo llamamos hoy en día- fuera una obligación para la musulmana, no deja de ser cierto que no es “solamente” una aplicación de la religión y no uno de sus fundamentos. Si la severidad al respecto o el recurso a la violencia son susceptibles de llevarle a rechazar la religión en su conjunto, no es permitido por la ley musulmana renunciar a un fundamento para una prescripción.

El principio de las equivalencias nos impone callarnos ante este desacierto, por temor de caer en un desacierto más importante aún. Es un principio conocido y legalmente admitido. 

Tanto más cuanto que esta fechoría, aunque fuera ilícita, hace parte de los pecados veniales (menores) y no de los mayores, ya que la fornicación (zinâ) es un pecado más grave que este, todas esas cosas prohibidas siendo posibles etapas que pueden llevar a un pecado mayor. El pecado venial puede ser perdonado (objeto de tolerancia), pero no es el caso con los pecados mayores. Así, Allâh el Altísimo dice: 
«
Si evitáis las faltas graves que os hemos prohibido, os cubriremos vuestras malas acciones y os haremos entrar por una entrada noble.» Coran 4/31 

Tenemos otro problema en Europa (Francia..), es el del llevo del pañuelo en los establecimientos públicos (escuela, ministerio…): podemos tolerar que la mujer quite su pañuelo si el hecho de llevarlo amenaza su trabajo (si es obligada a trabajar y no tiene otra opción [1]) o sus estudios y ponérselo de nuevo cuando sale del establecimiento en cuestión. 

Ver también el enlace siguiente: Hijâb (pañuelo), Jilbâb, Niqâb (velo integral)... qué hacer?


[1] por ejemplo la mujer que es sola para educar a sus hijos y no tiene nadie para encargarse de ella.




Pregunta:

Y en cuanto al Hadîth siguiente acerca del pañuelo de la mujer púbera (ante hombres “extranjeros”)?

Relatado por Abu Dâwûd y al-Bayhaqî:
Aisha (que Allâh esté complacido con ella) relató que su hermana mayor, Asma (que Allâh esté complacido con ella) había entrado en la casa del Profeta (Paz y Bendición con él) llevando ropas finas. Entonces el Profeta (Paz y Bendición con él) volvió la cabeza y dijo: “Asma, a partir del momento en que es púbera, no conviene que se vea de la mujer otra cosa que esto, mostrando su cara y sus manos”.

Es fiable?


Respuesta:
Algunos sabios piensan que es débil, pero este Hadîth (o sea su sentido) fue relatado por otras vías que lo devuelven auténtico: por ejemplo, At-tabarânî en Al-Kabîr (378/143/34) y en Al-awsat (2/230/8959)…
Además, esa era también la práctica de los compañeros, de sus seguidores y de la gente de Medina, de las primeras generaciones de musulmanas…
Finalmente, su sentido es conforme con el versículo del Coran citado más arriba (24/31) : “…y que no muestren sus atractivos a excepción de los que sean externos…”, la mayoría de los mufassirîn (comentadores del Coran) y entre ellos Ibn ‘Abbâs (que Allâh esté complacido con él) afirman que “los que sean externos” significa: la cara y las dos manos.  





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